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Recogemos aquí las principales  recomendaciones de cara a esta crisis sanitaria por el Coronavirus ( Covid-19 ), para que sepas cuales son tus derechos y obligaciones con respecto a tu situación laboral y con tus empleados en el caso de autónomos y empresas.

TRABAJADORES

  • Si sigues trabajando desde tu casa, tu salario y tus derechos no se modifican.
  • Si se ha suspendido unilateralmente tu prestación de servicios, es preciso que se inicie un procedimiento de ERTE. (Expediente de Regulación Temporal de Empleo).
  • Desde que dicha suspensión sea efectiva, tendrás derechos a cobrar la prestación por desempleo, siempre que cumplas los requisitos.
  • No tienes derecho a ninguna indemnización, dado que tu relación laboral no ha terminado.
  • La obligación de trabajar se mantiene, mientras no exista una suspensión del contrato de trabajo.

EMPRESAS

  • Si continuas con tu actividad, debes facilitar el teletrabajo de tus empleados.
  • No puedes unilateralmente decidir suspender la actividad laboral y dejar de abonar el salario a tus trabajadores.
  • Desde que tenga efectos el ERTE dejarás de abonar los salarios a tus trabajadores en caso de suspensión.
  • Tendrá que seguir abonado las cotizaciones a la Seguridad Social de sus trabajadores mientras dure el ERTE.
  • La relación laboral sigue viva, de forma que no tendrás que pagar ninguna indemnización a tus trabajadores.

AUTÓNOMOS

  • Tienes que seguir pagando tus cotizaciones con independencia de tus ganancias, excepto si te das de baja como autónomo en la Seguridad Social.
  • Si cierras tu negocio, puedes solicitar tu prestación por cese de actividad si, al menos, has cotizado los 12 meses anteriores al cese y por causa involuntaria.

Un comentario

  1. Hola estoy interesado en el proyecto. Soy de Barcelona, concretamente de Hospitalet de Llobregat.
    Me gustaria tener más detalle de las intenciones y posibilidad de representar el proyecto en esta zona.

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